La Gaceta (Hemeroteca): Educación establece el calendario del proceso de admisión de alumnos para el curso escolar 2014/2015


Educación establece el calendario del proceso de admisión de alumnos para el curso escolar 2014/2015

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23/01/2014

La Consejería de Educación y Cultura establece el calendario y otros aspectos del proceso de admisión del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2014/2015, según publica el Diario Oficial de Extremadura (DOE)

Redacción

El plazo general de presentación de solicitudes de admisión comenzará una vez que las Delegaciones Provinciales de Educación remitan sus propuestas de zonificación y se constituyan las Comisiones de Escolarización de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, y será del 28 de abril al 9 de mayo de 2014.

Antes del 7 de febrero, en los centros de Primaria se facilitarán los impresos de solicitud para acceder a alguno de los centros de Secundaria a que esté adscrito, en caso de adscripción múltiple. Y del 10 al 19 de febrero es establece como plazo para la entrega de solicitudes en el centro de Educación Primaria desde el que se solicita plaza.

El plazo de matriculación en Educación Infantil, Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato será del 1 al 15 de julio y del 1 al 10 de septiembre será la fecha para realizar la matriculación en Bachillerato y ESO para alumnos con asignaturas pendientes en la convocatoria de junio; así como para los alumnos a quienes se hayan adjudicado plaza por las comisiones de escolarización, con posterioridad al 15 de julio y no pudieron formalizar su matriculación con anterioridad.

Las solicitudes deberán presentarse en el centro elegido, como primera opción o en las Oficinas de Escolarización que, estarán a disposición del ciudadano en las localidades especificadas.

Proceso específico en ESO

Para participar en el proceso específico de admisión en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) para el alumnado procedente de centros adscritos de Primaria, que se desarrolla con carácter previo al proceso general, se presentará una única solicitud. Las solicitudes se deberán presentar únicamente en el centro de Educación Primaria desde el que se solicita plaza al centro de Educación Secundaria Obligatoria.

El seguimiento del estado de la admisión del alumnado se podrá llevar a cabo a través de la plataforma Rayuela.

Cuando el número de solicitantes para ocupar una plaza escolar en un centro sea superior al de vacantes existentes, las solicitudes de admisión se ordenarán según la puntuación total obtenida por la aplicación del baremo.

Se considerará que el alumnado tiene hermanos matriculados en el centro cuando estos lo están en el momento en que se presenta la solicitud y vayan a continuar asistiendo al mismo en el curso escolar para el que se solicita admisión. Pero solo se valorará este criterio cuando venga especificado en la solicitud y será certificado por el propio centro. A todos los efectos se valorará la existencia de hermanos matriculados en cualquier etapa educativa del centro docente.

Asimismo, para la consideración de padres o tutores que trabajen en el centro, se tendrá en cuenta que alguno de ellos esté ligado al centro mediante relación funcionarial o laboral que incluya el curso para el que se solicita admisión. Igualmente, tendrán también la consideración de trabajadores del centro los socios trabajadores de las cooperativas de enseñanza privada concertada.

A efectos de valoración de la proximidad del domicilio, se considerará como tal el domicilio familiar o, en su caso, el lugar de trabajo del padre, madre o tutores legales del alumno. Y, en los casos de divorcio, nulidad matrimonial o separación, en la determinación del domicilio, se estará en todo caso a lo determinado en dichos procesos.

Los alumnos de enseñanzas postobligatorias podrán optar por el domicilio propio si están emancipados o por el lugar de su propio trabajo. Para la admisión en enseñanzas de Bachillerato se considerará además el expediente académico del alumno, que se acreditará mediante certificación académica personal.

Edita: Consejería de Educación y Empleo - Junta de Extremadura
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