En este curso 2022/2023 deben celebrarse los procesos de constitución o renovación de los consejos escolares en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas, Educación de Personas Adultas y Educación Especial.
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Elecciones celebradas en el CEIP Fco. de Zurbarán, de Fuente de Cantos. (Archivo La Gaceta)
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Con el fin de facilitar la participación de las familias, la mesa electoral permanecerá abierta un mínimo de seis horas, comprendidas entre las 8.30 y las 20.30 horas, asegurando, en todo caso, la posibilidad de ejercer el derecho al voto en el momento de entrada o salida del alumnado al inicio o término de la jornada escolar.
Las juntas electorales se constituirán antes del 21 de octubre y, a tal fin, la persona titular de la dirección del centro organizará, con todas las garantías de publicidad e igualdad, el sorteo de componentes titulares y suplentes, para lo cual deberá tener previamente elaborados y actualizados los censos electorales, que serán aprobados por la junta electoral en su sesión de constitución.
Por su parte, el censo electoral será expuesto el mismo día de su aprobación en el tablón de anuncios del centro por un periodo de siete días naturales, durante los cuales podrán efectuarse reclamaciones. El día hábil siguiente a la finalización de este periodo, las juntas electorales publicarán en el tablón de anuncios el censo electoral definitivo por cada uno de los sectores que componen el consejo escolar.
Tras la jornada de votación de cada uno de los sectores, se procederá al recuento de votos. Concluido este, se hará público el resultado haciendo constar el censo, número de votos emitidos, votos en blanco, votos nulos y el resultado obtenido por cada persona candidata, proclamando aquellas que pasan a formar parte del Consejo Escolar del centro.