Los nuevos cambios normativos que sustentan un sistema educativo competencial e inclusivo pretenden dar respuesta a las necesidades y exigencias de una sociedad cambiante, plural y globalizada. Los meros cambios curriculares no articulan un verdadero proceso de cambio, de perspectiva y de fundamentación social inclusiva y democrática. Tenemos que avanzar hacia los principios y fines que deseamos desarrollar como ejes vertebradores de la educación.
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Antonio Montero. (Cedida)
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Los nuevos cambios normativos que sustentan un sistema educativo competencial e inclusivo pretenden dar respuesta a las necesidades y exigencias de una sociedad cambiante, plural y globalizada. Los meros cambios curriculares no articulan un verdadero proceso de cambio, de perspectiva y de fundamentación social inclusiva y democrática. Tenemos que avanzar hacia los principios y fines que deseamos desarrollar como ejes vertebradores de la educación.
A lo largo de los últimos años, el debate constante en el ámbito educativo es el de ‘competencias clave’. Intentamos interiorizar su significado, aprender a adaptar nuestro perfil profesional al proceso de enseñanza y aprendizaje competencial, a evaluar en competencias, a diseñar rúbricas que sustenten esta perspectiva. En definitiva, ¿qué es esto de enseñar en competencias?
Nos centraremos en la competencia emocional (recogida en nuestra Ley de Educación de Extremadura). La podemos definir como el conjunto de habilidades que permiten una mayor adaptabilidad de la persona ante los cambios. También tiene que ver con la confianza y seguridad propias, el control emocional, el autoconcepto y la automotivación para alcanzar objetivos. Comprender los sentimientos de las demás personas, manejar las relaciones y tener poder de influencia es básico para conseguir cambios positivos en los centros educativos.
Aclarado el concepto y elementos que integran la competencia emocional, el siguiente paso consiste en integrarla en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Para ello, empezaremos a diseñar situaciones de aprendizajes, tareas, rúbricas de evaluación y multitud de herramientas e instrumentos que den coherencia a un auténtico desarrollo social y ciudadano del alumnado.
El primer problema con el que nos encontramos es cómo llevar a cabo una educación inclusiva, emocional y tolerante cuando los Planes de Convivencia de los Centros son coercitivos y sancionadores.
La determinación de un modelo de convivencia democrática como principio y eje vertebrador del Proyecto Educativo de Centro cohesionará los procesos de enseñanza y aprendizaje dentro de un modelo democrático y participativo.
Convivencia democrática
Llegado a este punto, es necesario concretar qué debemos entender por convivencia democrática en los centros educativos y cómo integrarla en los procesos de aprendizaje del alumnado.
Entendemos por convivencia democrática el conjunto de relaciones intrapersonales e interpersonales que se construye día a día, estableciéndose unas relaciones consigo mismo, con las demás personas y con el entorno, tanto el cercano e inmediato como el distante o virtual, fundamentadas en el cuidado mutuo, la dignidad humana, la paz y el respeto a los derechos humanos.
Este modelo de convivencia ocupará un espacio central en la organización de los centros que ha de permitir el logro de los objetivos educativos en su mayor expresión. A su vez, constituye un derecho individual y colectivo cuyo desarrollo proporcionará los conocimientos y las herramientas necesarios para construir una sociedad dialogante y pacífica, diversa, inclusiva y respetuosa con el entorno.
La organización de los centros debe tener los recursos y estructuras necesarias que aseguren una educación inclusiva, contextualizada y realista. Para ello, contaremos con una comisión de convivencia, una coordinación de igualdad y de protección y bienestar entre otros.
Centrándonos en la figura coordinadora de bienestar y protección, esta será el principal referente para la protección del alumnado ante cualquier situación de riesgo, desamparo y/o violencia. No sólo debe actuar ante las situaciones reales expuestas, sino que realizará actuaciones preventivas de forma coordinada con los demás profesionales del centro, así como con las redes internas y externas de coordinación.
La protección de la infancia ante cualquier situación de violencia debe estar integrada en el Plan de Convivencia de Centro dentro del desarrollo convivencial y emocional de la comunidad educativa.
No se ha de entender la figura coordinadora de bienestar como un elemento ajeno a los procesos educativos, sino que es imprescindible que se integre en los mismos para optimizar un auténtico desarrollo de la ciudadanía democrática, del derecho a la protección, de la salud mental y a un desarrollo emocional armónico.